El Ministerio de Trabajo expidió la Resolución 1843 de 2025, una norma clave que regula la práctica de las evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo de las historias clínicas laborales en el país. Esta disposición aplica a todos los trabajadores y sectores económicos, con el propósito de proteger la vida, la salud y la integridad de los colaboradores en el entorno laboral.

Entre los aspectos más relevantes, la norma:

  • Define los tipos de evaluaciones médicas ocupacionales (pre-ingreso, periódicas, de egreso, post-incapacidad, retorno laboral y seguimiento).
  • Prohíbe pruebas de embarazo y VIH para ingreso o permanencia laboral, garantizando el respeto a los derechos humanos y la no discriminación.
  • Establece que los costos de las evaluaciones y pruebas complementarias corren por cuenta del empleador o contratante, sin afectar al trabajador.
  • Regula la aplicación de pruebas de alcoholemia y detección de sustancias psicoactivas en actividades de alto riesgo o con responsabilidad sobre terceros.
  • Refuerza la confidencialidad en el manejo de la historia clínica ocupacional.

En el caso del sector Transporte Especial, la resolución impacta directamente a los conductores, quienes deberán cumplir con los criterios médicos definidos por el Ministerio de Transporte en la Resolución 20223040045295 de 2022 o la norma que la sustituya. Además, los certificados de aptitud para conducir y desempeñar actividades de riesgo tendrán una vigencia máxima de tres años, salvo excepciones justificadas.

Desde ACOLTÉS, recomendamos a nuestras empresas asociadas, revisar sus protocolos internos de seguridad y salud en el trabajo, garantizar el cumplimiento de esta resolución y mantener actualizados los conceptos médicos de sus conductores. Estas medidas no solo cumplen con la ley, sino que refuerzan el compromiso del sector con la seguridad vial, la salud laboral y la protección de la vida.

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