El Ministerio de Transporte expidió la Circular Externa No. 20261010000047 el 26 de enero de 2026, mediante la cual impartió lineamientos a los Organismos de Tránsito del país para intensificar las campañas de información y pedagogía, con el objetivo de confirmar el cierre definitivo del trámite de “traspaso a persona indeterminada”, el cual solo estará habilitado hasta el 6 de febrero de 2026.

 

La Circular es clara y contundente: una vez vencido el plazo del 6 de febrero de 2026, este trámite desaparecerá del sistema, sin posibilidad de prórrogas. Por esta razón, el Ministerio solicitó a las autoridades de tránsito reforzar la divulgación de la medida y orientar a ciudadanos y empresas para que adelanten el proceso antes de la fecha límite establecida.

 

El impacto en el Transporte Especial es directo, inmediato y estratégico. En concreto, se refleja en los siguientes frentes:

  • Riesgo jurídico elevado:
    Los vehículos que sigan registrados a nombre de una persona indeterminada dejarán a las empresas expuestas a sanciones, procesos administrativos, responsabilidades tributarias y reclamaciones legales.

  • Afectación operativa:
    Los vehículos con información irregular pueden presentar bloqueos o dificultades en trámites clave como habilitaciones, renovaciones de tarjetas de operación, cambios de empresa o procesos ante los Organismos de Tránsito.

  • Impacto financiero:
    Multas, comparendos, impuestos pendientes y posibles costos asociados a procesos sancionatorios afectarán directamente la rentabilidad de las empresas.

  • Mayor control y fiscalización:
    Con el cierre del trámite, las autoridades contarán con información más clara, lo que implica mayor seguimiento y control al sector de Transporte Especial.

  • Exigencia de orden administrativo:
    Las empresas deben revisar y depurar su flota, garantizar la titularidad real de los vehículos y fortalecer sus procesos internos de control documental.

 

Conclusión gremial:
El cierre del traspaso a persona indeterminada obliga al Transporte Especial a operar con mayor formalidad y transparencia. Actuar a tiempo no es solo cumplir la norma; es proteger la operación y la sostenibilidad de las empresas.

 

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