La suspensión provisional del Decreto Legislativo 1390 del 22 de diciembre de 2025, mediante el cual el Gobierno Nacional había declarado el Estado de Emergencia Económica y Social, genera efectos directos sobre las medidas tributarias y fiscales extraordinarias previstas para la vigencia 2026, especialmente las contenidas en el Decreto 1474 de 2025.

El Decreto 1390 constituyó el fundamento jurídico para la expedición de decretos con fuerza de ley orientados a conjurar la emergencia, entre ellos el Decreto 1474, que establecía nuevos impuestos y ajustes fiscales temporales con el objetivo de recaudar recursos para 2026. No obstante, con la suspensión provisional de la declaratoria de emergencia, los efectos jurídicos de los decretos expedidos en su desarrollo quedan en pausa, mientras se adopta una decisión definitiva de fondo.

📌 Alcance jurídico de la suspensión

Desde el punto de vista constitucional, la suspensión del decreto que declaró el Estado de Emergencia implica que los decretos de desarrollo, como el Decreto 1474 de 2025, pierden eficacia temporal, dado que dependen directamente de la validez de la declaratoria excepcional.

En consecuencia, las medidas tributarias y fiscales extraordinarias creadas al amparo del Decreto 1474 no son exigibles actualmente, hasta tanto se resuelva de manera definitiva la situación jurídica del Decreto 1390.

🚍 Impacto para el Transporte Especial

Para las empresas del Transporte Terrestre Automotor Especial, esta decisión representa un impacto principalmente económico y financiero, sin afectar la operación del servicio:

  • No se pueden exigir los nuevos impuestos ni los ajustes fiscales extraordinarios previstos en el Decreto 1474 de 2025.

  • No se generan cargas tributarias adicionales para la vigencia 2026 derivadas del estado de emergencia.

  • La normatividad sectorial del Transporte Especial, incluida la regulación operativa y de habilitación, permanece vigente sin modificaciones.

⚠️ Escenario en evolución

Es importante precisar que la suspensión del Decreto 1390 es provisional, por lo que el escenario jurídico continúa abierto. Dependiendo de la decisión definitiva de las autoridades judiciales, las medidas podrían reactivarse, ser modificadas o perder vigencia de manera definitiva.

📣Recomendación al sector

Desde el ámbito gremial, se recomienda a las empresas del Transporte Especial mantener una planeación financiera prudente, realizar seguimiento permanente a la evolución normativa y estar atentas a eventuales cambios que puedan surgir mediante decisiones judiciales o nuevas iniciativas legislativas.

La Asociación continuará realizando monitoreo jurídico constante y mantendrá informadas a las empresas afiliadas sobre cualquier novedad que impacte el marco tributario y fiscal del sector.

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